El IVA es un impuesto que pagamos en casi todas las compras sin darnos mucha cuenta. Pero cuando tienes un negocio, cuando eres autónomo, o simplemente cuando quieres entender una factura, saber calcularlo bien evita errores costosos.
Los tipos de IVA en España en 2026
En España hay tres tipos generales de IVA, más un tipo especial reducido que se aplica a algunos productos básicos:
| Tipo | Porcentaje | A qué se aplica |
|---|---|---|
| General | 21% | La mayoría de bienes y servicios |
| Reducido | 10% | Alimentos no básicos, hostelería, transporte de personas, viviendas nuevas, espectáculos |
| Superreducido | 4% | Alimentos básicos (pan, leche, huevos, frutas, verduras), libros, medicamentos, prótesis |
| Tipo cero (0%) | 0% | Algunos alimentos básicos en periodos de medidas extraordinarias |
Hay productos que han cambiado de tipo en los últimos años por medidas antiinflación. El aceite de oliva, por ejemplo, estuvo durante un tiempo con IVA reducido o cero. Es uno de los aspectos del IVA que más cambia con las circunstancias económicas, así que conviene revisar la normativa vigente antes de aplicar un tipo concreto a algo que no tengas claro.
Cómo calcular el precio con IVA incluido
Si tienes el precio sin IVA y quieres saber cuánto es con IVA:
Precio con IVA = Precio sin IVA x (1 + tipo de IVA)
Ejemplo: un servicio cuesta 500 euros sin IVA y el tipo aplicable es el 21%.
500 x 1,21 = 605 euros con IVA. Los 105 euros de diferencia son el IVA que pagas.
Cómo calcular el precio sin IVA a partir del precio total
Si el precio que ves ya lleva el IVA incluido y quieres saber la base imponible:
Precio sin IVA = Precio con IVA / (1 + tipo de IVA)
Ejemplo: ves un artículo a 242 euros con IVA del 21%.
242 / 1,21 = 200 euros sin IVA. Los 42 euros restantes son el IVA.
IVA para autónomos: repercutir y soportar
Si eres autónomo, el IVA no es un coste para ti en la mayoría de casos: lo cobras a tus clientes (IVA repercutido), lo pagas a tus proveedores (IVA soportado), y cada trimestre liquidas la diferencia con Hacienda. Si has cobrado más IVA del que has pagado, ingresas la diferencia. Si has pagado más del que has cobrado, Hacienda te la devuelve o la compensa en el trimestre siguiente.
El problema surge cuando mezclas actividades con distintos tipos de IVA, cuando vendes a clientes de otros países de la UE, o cuando realizas actividades exentas de IVA (algunas formaciones, servicios médicos, seguros). En esos casos la gestión se complica y conviene tener un gestor.
Actividades exentas de IVA
No todo lleva IVA. Están exentos, entre otros: los servicios médicos y sanitarios, la enseñanza reglada, los seguros, las operaciones financieras, y el alquiler de vivienda para uso residencial. Exento no significa gratis para quien lo presta: significa que no puede repercutir IVA a sus clientes pero tampoco puede deducirse el IVA que él paga a sus proveedores, lo que en algunos casos encarece el servicio.
Fuentes: Agencia Tributaria, Ley 37/1992 del IVA. Los tipos aplicables a productos concretos pueden cambiar por medidas gubernamentales temporales.
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