Dar dinero a un hijo, ayudarle con la entrada de un piso, o regalarle un coche tiene consecuencias fiscales en España. No siempre se paga mucho, pero la donación hay que declararla. Y la cantidad que se paga depende mucho de la comunidad autónoma donde se haga.
El impuesto de donaciones existe y aplica desde el primer euro
En España no hay un «mínimo exento» universal para donaciones entre familiares. Cualquier transmisión gratuita de dinero o bienes está sujeta al impuesto de donaciones, aunque sea entre padres e hijos. La cuantía a pagar depende de la cantidad donada, el grado de parentesco, y la comunidad autónoma donde resida el receptor.
El impuesto está cedido a las autonomías, y las diferencias son enormes. En Madrid, Andalucía o Murcia, los hijos pueden recibir donaciones de sus padres con bonificaciones del 99%, lo que en la práctica significa pagar muy poco. En Asturias, Cataluña o Aragón, los mismos importes pueden tributar de forma considerable.
Tabla orientativa por comunidades
| Comunidad | Donación de padre a hijo |
|---|---|
| Madrid | Bonificación del 99%. Pago testimonial |
| Andalucía | Bonificación del 99% hasta 1 millón € |
| Murcia | Bonificación del 99% |
| Canarias | Bonificación elevada hasta 300.000 € |
| Galicia | Reducciones por importe y edad del donatario |
| Cataluña | Tarifa reducida pero sin bonificación general |
| Aragón | Tributación más alta para importes elevados |
| Asturias | Tributación elevada salvo casos específicos |
La comunidad que cuenta es la del lugar donde reside el donatario (quien recibe), no donde reside el donante. Y la residencia se entiende como el lugar donde se ha residido más tiempo en los últimos 5 años. Esto importa porque algunas familias intentan optimizar fiscalmente trasladando la residencia, lo que solo funciona si hay residencia real durante el periodo exigido.
Hay que declararlo aunque no se pague nada
Si la donación es de dinero, el plazo para declararla es de 30 días hábiles desde que se produce. Se presenta el modelo 651 de la comunidad autónoma. Si no se declara, aunque el impuesto fuera cero por bonificaciones, hay sanciones por la falta de presentación.
Otro punto importante: para que aplique la bonificación, la donación debe constar en documento público (escritura notarial) en muchas comunidades. Donar 30.000 euros por Bizum o transferencia sin más no basta para aplicar las bonificaciones autonómicas. Hay que formalizarlo ante notario, lo que añade un coste pero hace que el ahorro fiscal sea válido.
Donaciones para vivienda habitual
Muchas comunidades tienen bonificaciones específicas para donaciones destinadas a la compra de vivienda habitual. Por ejemplo, Madrid permite donar hasta 250.000 euros a un hijo para comprar su primera vivienda con bonificación del 99%. Cataluña tiene reducciones por hasta 60.000 euros con condiciones específicas. Cada comunidad tiene sus propios límites y requisitos.
Estas bonificaciones suelen exigir que la donación se formalice ante notario, que el donatario sea menor de cierta edad (a menudo 35 años), y que la vivienda comprada sea efectivamente la habitual. Si no se cumplen las condiciones, la bonificación se puede perder y hay que pagar el impuesto íntegro más recargos.
Qué pasa si no se declara
Si Hacienda detecta una transferencia o movimiento que parece una donación no declarada, puede abrir un expediente de comprobación. Los bancos comunican movimientos significativos, y la AEAT cruza datos con regularidad. Lo que muchos consideran «ayudas pequeñas» entre familiares pueden ser donaciones sujetas al impuesto.
No todo movimiento entre familiares es una donación: pagar el alquiler de un hijo estudiante mientras está bajo tu manutención, o pagar gastos en el cuidado de un padre dependiente, no son donaciones. Pero transferencias importantes para comprar una casa, un coche, o como ayuda permanente sin contraprestación sí lo son. La línea no siempre es clara y conviene consultarlo con un asesor en casos dudosos.
Fuentes: Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, normativa autonómica. Las bonificaciones cambian con frecuencia, comprueba la normativa vigente.
Ultimas Entradas Publicadas
Hipoteca de 500.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 400.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 350.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 300.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 250.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 200.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 180.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 150.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
Hipoteca de 120.000 €: cuota mensual y coste total en 2026
